¿CÓMO
RADICO MI QUIEBRA?
Luego de consultar su abogado, hay que
seguir los próximos siete pasos:
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Contratar formalmente a su abogado
haciendo el pago requerido de los costos de radicación,
el del curso de consejería financiera y el de los
honorarios.
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Recopilar todos los documentos que le
requiera su abogado y entregárselos.
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Tomar un breve curso de consejería
financiera; su abogado le ayudará con el mismo.
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Repasar todos los documentos que su
abogado prepare pertinente a su caso y firmar los mismos
para la radicación de los mismos vía Internet con la
Corte.
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De ser un Capítulo 13, hacer el
primer pago requerido por el Síndico.
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Asistir a una vista con su Síndico en
compañía de su abogado para repasar su solicitud y
cualquier duda o pregunta que tenga el Síndico; su
abogado le acompaña siempre a esta importante reunión
dónde también pueden asistir sus acreedores y hacer
preguntas básicas sobre su persona y sus deudas.
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De ser su caso un Capítulo 7, tomar
un segundo curso de asesoría financiera para obtener el
descargo; de ser un Capítulo 13, continuar haciendo sus
pagos mensuales al Síndico en lo que se confirma su caso
y por el periodo pautado. Al finalizar su Capítulo 13,
volver a tomar un curso de consejería financiera.
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