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¿CÓMO RADICO MI QUIEBRA? 

Luego de consultar su abogado, hay que seguir los próximos siete pasos:

  1. Contratar formalmente a su abogado haciendo el pago requerido de los costos de radicación, el del curso de consejería financiera y el de los honorarios.

  2. Recopilar todos los documentos que le requiera su abogado y entregárselos.

  3. Tomar un breve curso de consejería financiera; su abogado le ayudará con el mismo.

  4. Repasar todos los documentos que su abogado prepare pertinente a su caso y firmar los mismos para la radicación de los mismos vía Internet con la Corte.

  5. De ser un Capítulo 13, hacer el primer pago requerido por el Síndico.

  6. Asistir a una vista con su Síndico en compañía de su abogado para repasar su solicitud y cualquier duda o pregunta que tenga el Síndico; su abogado le acompaña siempre  a esta importante reunión dónde también pueden asistir sus acreedores y hacer preguntas básicas sobre su persona y sus deudas.

  7. De ser su caso un Capítulo 7, tomar un segundo curso de asesoría financiera para obtener el descargo; de ser un Capítulo 13, continuar haciendo sus pagos mensuales al Síndico en lo que se confirma su caso y por el periodo pautado.  Al finalizar su Capítulo 13, volver a tomar un curso de consejería financiera.